Federación de Asociaciones de Educación de personas Adultas
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El Proyecto de Ley Orgánica de Educación se encuentra, en la actualidad, en fase de dictamen por la comisión competente del Senado.
En esta nota destacamos de las enmiendas presentadas por los grupos y publicadas el pasado 17 de febrero, aquellas que puedan resultar más relevantes en el campo de la educación permanente.
Desde el Bloque Nacionalista Galego se propone la supresión de los convenios con lo que el proyecto de ley denominaba “iniciativa privada” (art. 67). Los convenios serían únicamente con ayuntamientos y universidades.
El Grupo Parlamentario Popular propone un acceso directo, previa superación de la correspondiente prueba, a los mayores de 19 años, a los estudios superiores de artes plásticas y diseño.
En su enmienda al artículo 66, propone que se añada una declaración de principios que deben regir el sistema de educación permanente:
Proponen la inclusión de un nuevo artículo 70 en relación con las nuevas tecnologías:
“Con el fin de lograr, en las enseñanzas de adultos, una mejor adaptación a las necesidades personales de formación y a los ritmos individuales de aprendizaje con garantías de calidad, los poderes públicos impulsarán el desarrollo de formas de enseñanza a distancia que resulten de la aplicación preferente de las tecnologías de la información y de la comunicación. En concordancia con lo anterior, se potenciará el desarrollo de iniciativas formativas y la elaboración de materiales didácticos en soporte electrónico. Se facilitarán la extensión de las enseñanzas a distancia y su acceso a través de las tecnologías de la información y de la comunicación.”
Izquierda Unida así como la Entesa Catalana del Progress proponen la subsanación de lo que considera un error técnico mediante un nuevo apartado del artículo 69 que dispone lo siguiente:
“Los mayores de veinticinco años de edad podrán acceder directamente a la Universidad, sin necesidad de titulación alguna, mediante la superación de una prueba específica.”
Coalición Canaria propone añadir un nuevo apartado al artículo 41 con la redacción siguiente:
“Las Administraciones educativas podrán ofrecer a las personas adultas el cursar módulos de los que componen el currículo de los ciclos sin exigencia de titulación previa y sin que en ningún caso la acumulación de éstos conduzcan al título previsto para el ciclo correspondiente”.
Desde el Grupo Parlamentario de Convergencia i Unió se intenta acotar las competencias básicas del estado para que no regule aspectos relacionados con el currículo, espacios de trabajo, metodología u organización.
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